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Fecha 11 de Noviembre de 2025
Categoría Uncategorized
Fuente MGFO Abogados

Horas de trabajo sindical: Dirección del Trabajo reconsidera doctrina sobre reuniones citadas por empleador.

Horas de trabajo sindical: Dirección del Trabajo reconsidera doctrina sobre reuniones citadas por empleador.

A través de un Ordinario de fecha 13 de octubre de 2022, la Dirección del Trabajo había sostenido que el tiempo destinado por dirigentes o delegados sindicales en reuniones o mesas de trabajo convocadas por el empleador, son consideradas horas de trabajo sindical.

Con fecha 28 de octubre de 2025, la Dirección del Trabajo (Ord. N° 722/36) dejó sin efecto la referida doctrina, señalando que el tiempo destinado por dirigentes o delegados sindicales en virtud de citaciones realizadas por el empleador, no son imputables a horas de trabajo sindical, por lo que las remuneraciones, beneficios y cotizaciones previsionales asociadas a dicho tiempo, son de cargo del empleador.

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